Practicopedia > Categorías > Legal > Vivienda > Cómo desahuciar a una persona por impago del alquiler
El juez dará al arrendatario un plazo de 10 días para abonar el dinero que debe o para hacer alegaciones

31/10/2011 por: Practicopedia
10 días de plazo para pagar el alquiler o para explicar por qué no se paga. Si no hay respuesta el juez decretará una fecha para abandonar el inmueble. Esta es una de las principales novedades que introduce la Ley de Medidas de Agilización Procesal. La norma entra en vigor el 31 de octubre y reduce en meses el tiempo que se tarda en desahuciar a un arrendatario que no hace frente a sus cuotas. En este praticograma te explicamos cómo funciona.
La nueva Ley de Medidas de Agilización Procesal reduce el tiempo que se tarda en desahuciar a una persona que no paga el alquiler. Si se da una situación así, el arrendador deberá presentar una demanda (debe estar formulada por un abogado y un procurador) ante el Juzgado de Primera Instancia del partido judicial en el que se encuentre el inmueble.
Admitido el requerimiento, el juez dará un plazo de 10 días al arrendatario para que pague el alquiler, explique por qué no lo hace o abandone el domicilio.
Si transcurridos estos 10 días el arrendatario no ha presentado sus alegaciones o ha pagado el dinero que debe, el juez decretará una fecha para que abandone el inmueble.
La norma establece que el desalojo se producirá dentro del mes siguiente a la finalización del plazo inicial de 10 días. Este tiempo puede variar en función del volumen de trabajo del juzgado que lleva el caso.
El proceso para desahuciar a una persona que no pagaba el alquiler era mucho más lento antes. El arrendador presentaba una demanda ante el juzgado y esperaba a que el juez fijara una fecha para celebrar un juicio. En el sumario se daba un plazo para que el arrendatario pagara o presentase sus alegaciones. Si no lo hacía el secretario judicial establecía un día para que abandonara el inmueble. En total, el proceso podía durar varios meses.
La normativa ha sido criticada por diversas organizaciones relacionadas con el mundo de la vivienda. Joan Castelló, de la Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios, duda de la capacidad del Estado para hacer frente a este nuevo ritmo. “Se está hablando de desahuciar a alguien en diez días, pero no está claro si la Justicia tiene capacidad para esto, los juzgados están muy colapsados (declaraciones de Rtve.es).
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca se posiciona en contra en de la nueva Ley. Defiende, entre otras cosas, que se diferencie a quien deja de pagar "de mala fe" de los que no pueden seguir haciéndolo por fuerza mayor.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha declarado que la normativa pretende “agilizar y dinamizar respetando las garantías sociales”.
Si quieres saber más consulta la Ley de Medidas de Agilización Procesal. También te recomendamos que entres en nuestra sección ‘Vivienda’, dentro de la categoría ‘Legal’.
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Subido el 31/10/2011 por:
Líder del How-To audiovisual en España. También en Facebook.com/practicopedia y Twitter.com/practicopedia
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