Cómo alquilar un piso a estudiantes

  • Puedes alquilar un inmueble por habitaciones u optar por la vía del llamado 'piso compartido'

Alquilar un piso a estudiantes es una fórmula muy utilizada en las ciudades con tradición universitaria. El contrato puede formalizarse de varias formas. Cada una lleva asociada una serie de beneficios y de inconvenientes. En general puedes optar por alquilar el inmueble por habitaciones o recurrrir al denominado 'piso compartido'. En este practicograma te explicamos qué opciones tienes para alquilar un piso a estudiantes.

1 Alquiler por habitaciones: cada inquilino responde de su parte.

El alquiler temporal a estudiantes puede realizarse de dos formas diferentes. Por una parte se encuentra el alquiler por habitaciones. En este tipo de alquiler, el propietario debe firmar un contrato por cada uno de los habitantes de la casa.

En él debe hacer constar los datos de sí mismo y del arrendatario así como la descripción precisa de la vivienda y de los muebles y objetos de la habitación que se va a alquilar. Deben quedar claras las condiciones económicas y las cláusulas así como los derechos y los deberes del arrendatario.

Una vez firmado, el arrendador tiene derecho a entrar en el domicilio si es necesario para comprobar el estado del inmueble. En todo caso, conviene que esta facultad quede reflejada en las cláusulas. Cuando se acaba el contrato de alguno de los habitantes del piso, el dueño de la casa puede alquilar la habitación a otra persona sin contar con el beneplácito del resto de inquilinos.

2 En el alquiler compartido, los inquilinos responden solidariamente.

La otra forma de hacer un contrato de arrendamiento a estudiantes es optar por el alquiler compartido. En este tipo de contrato, el dueño del inmueble debe hacer constar los datos de sí mismo, de la vivienda, de los enseres que se encuentran en ella así como las cantidades establecidas en concepto de alquiler, fianza y depósito si los hubiese.

En el contrato deben figurar todas las personas que van a vivir en la casa. En el caso de que no sean independientes, "es conveniente que el arrendador solicite el aval de los padres o tutores", según la opinión de Pedro Hernández del Olmo, abogado especialista en el sector inmobiliario. "El dueño debe hacer constar que se trata de un alquiler a estudiantes de carácter solidario, lo que significa que cada inquilino responde de la totalidad del alquiler", explica.

Mediante esta fórmula solidaria, el arrendador se asegura que ante el incumplimiento de uno de los inquilinos, los otros deben responder por él. Si alguno de los arrendatarios no pagase una mensualidad, decidiese abandonar la casa u ocasiona desperfectos en ella, sus compañeros deben hacerse responsables.

Está fórmula puede adaptarse a la situación y los intereses de las partes. Por ejemplo, el casero puede pactar con los inquilinos la libre reposición de uno de los miembros del contrato si alguno tuviese que dejar la casa. En este caso, es aconsejable reflejar las condiciones mediante cláusulas concretas y bien redactadas. Con este tipo de contrato el arrendador pierde el derecho a entrar en la casa sin permiso de los inquilinos.

3 Las ventajas fiscales del arrendador son menores.

Existe una diferencia fundamental entre el alquiler a estudiantes, sea cual sea la fórmula utilizada, y el alquiler de vivienda habitual. Tal como explica el abogado Pedro Hernández del Olmo, el segundo de los tipos "está definido en la Ley de Arrendamientos Urbanos que se acoge a una fiscalidad ventajosa con respecto a los otros tipos de alquiler".

Esta norma, cuya renovación es inminente tras el anuncio de la ministra de Fomento, Ana Pastor, protege tanto a inquilinos como a arrendadores. Los primeros tienen una serie de ventajas a la hora de realizar una hipotética compra de la vivienda e incluso pueden prolongar la duración del contrato de forma automática.

Por su parte, exclusivamente en los alquileres de vivienda, el dueño del inmueble cuenta con mayores ventajas fiscales. Está exento de pagar el IVA, aunque sí debe declarar los beneficios que obtiene por el arrendamiento de la vivienda.

Además, si los inquilinos tienen menos de 30 años el arrendador puede reducir el 100% del precio del alquiler en la Declaración de la Renta si el inquilino tiene entre 18 y 30 años y cobra un salario neto superior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 7.455,14 euros anuales. Si superan esta edad podrá reducir, a rasgos generales, el 60% en la declaración del IRPF.

Por contra, si el arrendador utiliza una de las anteriores fórmulas, es decir el alquiler por habitaciones o el alquiler de un piso compartido, que no pueda considerarse vivienda habitual del arrendatario, no podrá practicar reducción alguna. No obstante podrá deducir los gastos necesarios para la obtención de los alquileres. Por ejemplo los intereses del préstamo hipotecario, si lo hubiere.

En este caso el dueño tiene que abonar el tipo general de IVA del 21%.

4 Si alquilas una habitación en tu casa, firma un contrato.

En ocasiones puede ocurrir que el dueño de un inmueble decida alquilar una habitación de su casa a un estudiante. Esta práctica se ha puesto muy de moda debido a la situación de crisis económica actual.

Si eres arrendador, te interesa formalizar la situación mediante un contrato legal. Principalmente te servirá para evitar una sanción de Hacienda. Por otra parte podrás deducirte los ingresos netos obtenidos en la declaración del IRPF. En este caso podría generarte una situación ventajosa dependiendo de tu situación personal y de la edad y los ingresos del inquilino.

5 El dueño puede disponer de su casa con mayor facilidad.

Un alquiler a estudiantes mediante cualquiera de las dos fórmulas mencionadas permite al dueño del inmueble disponer de su casa fácilmente. El hecho de que el contrato sea temporal ofrece a los arrendatarios la seguridad de que al finalizar el curso puede recuperar su inmueble.

Por otra parte, el impago es infrecuente teniendo en cuenta que los padres son, en la mayoría de los casos, los encargados de pagar las mensualidades del alquiler de sus hijos.

El inconveniente principal, sin embargo, tiene el mismo origen. El alquiler suele hacerse de septiembre (cuando empieza el curso) a junio (cuando termina). Es decir, durante los meses de verano, el propietario no tiene asegurada la renta que le supone el alquiler de una vivienda.

6 Procura que las condiciones queden reflejadas por escrito.

Tanto si eres arrendador como si eres arrendatario te conviene que todas las condiciones pactadas queden reflejadas por escrito. En caso de conflicto de intereses, éste se resolverá según lo que indique el contrato y sus cláusulas. También es aconsejable reflejar el fin del contrato por escrito.

En el decálogo del casero y del inquilino puedes conocer en profundidad las precauciones que deben tener ambas partes a la hora de firmar un contrato de alquiler.

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