Practicopedia > Categorías > Legal > Reclamaciones > Cómo identificar los servicios de tarificación adicional
Se prestan a través de la red telefónica y suponen un coste muy elevado al consumidor
25/01/2011 por: CEACCU
Algunos servicios prestados a través de la red telefónica tienen un precio más elevado de lo normal. Son los servicios de tarificación adicional, y no saber reconocerlos supone correr el riesgo de recibir una gran factura a final de mes.
Los servicios de tarificación adicional se prestan a través de la red telefónica y tienen un coste muy superior al de una llamada convencional. Teléfonos eróticos, concursos telefónicos, tarots, etc; todos ellos son prestaciones que tienen estar tarifas tan elevadas. También se pueden prestar a través de SMS, MMS, Internet, etc.
Los servicios de tarificación adicional son legales. No obstante, la normativa establece que deben identificarse como tales ante los consumidores y que sus precios deben estar a la vista.
Esto puede no cumplirse siempre. En ocasiones estos servicios omiten sus tarifas y su naturaleza. Otras veces las hacen constar con una letra tan pequeña que es muy difícil darse cuenta de ello.

Cuando estos servicios se prestan a través del teléfono es muy fácil identificarlos. La clave está en el prefijo del número.
-Teléfonos 803. Servicios para adultos y líneas eróticas.
-Teléfonos 806. Concursos y sorteos telefónicos.
-Teléfonos 807. Servicios profesionales.
-Teléfonos 905. Servicios prestados para la recepción masiva de llamadas.

Los servicios de tarificación adicional también se prestan a través de los SMS y los MMS. Una vez más, la clave está en los números a los que se envían. Tienen entre 5 o 6 cifras, y habrá que estar atento a las 3 o 4 primeras para identificar el servicio.
Al igual que en el caso de las llamadas, a través de los mensajes de texto y multimedia se ofrecen servicios para adultos, concursos, servicios profesionales, etc. Pero hay una peculiaridad: las alertas. Suscribiéndose a una alerta se reciben avisos a través de un mensaje, cuyo coste corre de la cuenta del consumidor.
Si así lo deseas, puedes solicitar a tu operador de telefonía que deniegue la entrada a llamadas y mensajes de tarificación adicional. Así no correrás ningún riesgo.
Si al final del mes te llega el recibo telefónico y ves que se te ha cobrado por unas prestaciones que tú no has contratado puedes pedir que se te disocie el cargo. Tendrás dos facturas: una para los servicios de tarificación adicional y otra para los convencionales. Sólo estás obligado a abonar la segunda hasta que la reclamación se solucione.
La Ley establece unos tiempos máximos para los servicios de tarificación adicional. Son los siguientes:
-30 minutos para las llamadas.
-5 minutos para las llamadas relacionadas con concursos y sorteos.
-8 minutos para los servicios destinados a la infancia y juventud.
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