Cómo denunciar la publicación de una foto o un vídeo privados en Internet

  • Solicita la retirada de la información a la página web que la publica o denuncia el hecho a la Policía

Pamela Anderson, Paris Hilton, Katie Perry, Scarlett Johansson. Y más recientemente Olvido Hormigos, la concejala socialista de Los Yébenes. Todas han pasado por el mal trago de ver cómo una imagen o vídeo privados se difundían en la Red. Si te ves afectado por una situación de este tipo, denúncialo. El que publica información personal sin consentimiento atenta contra el derecho a la intimidad y la imagen y comete un delito. Descubre, en este practicograma, cómo denunciar la publicación de una foto o un vídeo privados en Internet.

1 Publicar un vídeo o una foto sin consentimiento es delito.

Publicar una foto o un vídeo privados sin consentimiento es un delito. Una persona que obtiene un documento de este tipo vulnerando las comunicaciones de otro y lo cuelga en Internet, atenta contra el derecho a la intimidad, el honor y la imagen. Comete, además, un delito por descubrimiento y revelación de secretos (artículo 197 del Código Penal). El primer punto de esta norma establece que:

El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

2 Solicita la retirada del vídeo o foto a la web que los publica.

Lo primero que tienes que hacer si se difunde un vídeo o una foto tuya en Internet es ponerte en contacto con la web que los publica. Solicita su retirada a los responsables del portal. Si no lo hacen serían corresponsables de un hecho delictivo, incluso si el contenido ilícito lo ha subido un usuario particular.

Redes sociales como Facebook o Tuenti y portales como YouTube cuentan con mecanismos para que los soliciten la supresión de fotos o vídeos que violan su intimidad.

3 Si el vídeo no se retira, presenta una denuncia.

Si el vídeo o la foto que se ha difundido atenta de forma grave contra tu intimidad personal, puedes presentar una denuncia ante la Policía o la Guardia Civil. Si has solicitado la retirada del material y los responsables de la web te han ignorado también puedes presentar un recurso.

“Si el vídeo o la foto que se han difundido revelan secretos de la intimidad personal se puede poner una denuncia penal en comisaría”, explica Ricardo Nogales, abogado de Legálitas. “La Policía se pondrá en contacto con los portales que publican la información para que la retiren. También rastreará la IP del ordenador o dispositivo desde el que se subió la foto o el vídeo”.

Nogales explica que en la mayoría de los casos se consigue la retirada de los documentos. “Incluso si los servidores están en el extranjero”, añade.

4 La rapidez es fundamental.

Date prisa, no hay tiempo que perder. Si no actúas con rapidez millones de usuarios de todo el planeta pueden descargar tu vídeo o foto a su disco duro. “Una vez que el vídeo se ha difundido por Internet es muy difícil recuperarlo”, explica David González, de NT Abogados.

González opina que en ocasiones es mejor solicitar la retirada del material antes que denunciar. “Si se denuncia se puede perder mucho tiempo hasta que se suprime el vídeo o las fotos. Si lo que está en juego es la imagen personal, puede ser más conveniente solicitar su retirada antes”.

El abogado argumenta su postura en el llamado ‘Efecto Streisand’. La cantante Barbara Streisand denunció a un fotógrafo por publicar unas fotos de su casa. Quería que las imágenes se retiraran. Al final consiguió el efecto contrario”. Las instantáneas del domicilio de la artista dieron la vuelta al mundo.

5 La Agencia Española de Protección de Datos.

Puedes recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos para solicitar la retirada de un vídeo o una foto, pero sólo en algunos casos. Se tienen que dar las siguientes circunstancias:

-Debe ser una empresa la que haya difundido un vídeo o una imagen de ti. La Agencia no tiene potestad si el que ha publicado la información es un particular.

-Tú debes ser la única persona que se vea en el documento.

En estos casos puedes ejercer tu derecho de acceso a esta información así como tu derecho a la cancelación.

6 Derecho al honor vs derecho al honor.

Los derechos al honor, la intimidad y la imagen son constitucionales. El derecho a la información también lo es. Cuando se publica un vídeo o una foto de una persona famosa, estos dos derechos pueden chocar. “En principio ninguno de los dos prevalece sobre el otro, es el juez el que tiene que decidir en función de cada caso”, argumenta Helena Suárez, de Suárez de la Dehesa Abogados.

El magistrado tendrá en cuenta varios factores: interés público, captación ilegítima del vídeo o imagen, finalidad de la divulgación. El caso del vídeo de la concejala socialista Olvido Hormigos es bastante claro. “Es un personaje público, pero no está haciendo nada que sea de interés público ni hay ninguna finalidad en la difusión del vídeo”, explica Suárez.

Te recomendamos que leas el artículo de la abogada ‘Derecho a la información versus derecho al honor’.

7 Pena de hasta un año de cárcel.

El Gobierno ha propuesto que difundir imágenes o vídeos sin permiso se castigue con penas de hasta un año de cárcel. La medida se contempla en el anteproyecto de reforma del Código Penal.

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