Cómo presentar una Iniciativa Legislativa Popular

  • Un derecho que habilita a los ciudadanos a tomar parte en el proceso legislativo y que ha permitido, entre otras cosas, que los toros sean ilegalizados en Cataluña

La Constitución contempla la posibilidad de que el pueblo español juegue un papel activo en la elaboración de leyes. Recopilando un mínimo de 500.000 firmas, cifra que puede variar en cada Comunidad Autónoma, es posible hacer que una simple proposición pase a formar parte de la jurisprudencia española. En este practicograma te mostramos los pasos que rigen la Iniciativa Legislativa Popular.

1 El derecho de los españoles a intervenir en el proceso legislativo.

De entre los muchos derechos que reconoce la Constitución a los ciudadanos españoles está el de su participación en los asuntos de la vida pública del país. Uno de estos asuntos es el legislativo, el relacionado con la elaboración de leyes. En este sentido, la Carta Magna reconoce el derecho a la Iniciativa Legislativa Popular, de tal manera que se puedan promulgar leyes que son sentidas como necesarias por el pueblo pero cuyos representantes –los partidos políticos- no contemplan. De igual manera, es posible modificar determinados aspectos de una norma. Se trata de un derecho regulado por la Ley Orgánica 3 / 1984 del 26 de marzo, que establece un procedimiento a seguir en la proposición de leyes por parte del pueblo y una serie de limitaciones también.

2 La puesta en marcha.

El primer paso a seguir para promover una ley es constituir una Comisión Promotora, que será el grupo de personas que se involucrará en este proceso. Los requisitos para formar parte de esta comisión son ser mayor de edad y estar inscrito en un censo electoral. Esta delegación deberá presentar ante la Mesa del Congreso de los Diputados un texto articulado de la proposición de Ley precedido de una exposición de motivos, que lo estudiará y se pronunciará al respecto en un plazo máximo de 15 días. En el caso de que negase el inicio del proceso legislativo popular, la Comisión Promotora podrá interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional. Si por el contrario da el visto bueno, el siguiente paso será el de dotar a la propuesta de Ley de respaldo popular, es decir, iniciar la recogida de firmas.

3 Ciertas materias quedan excluidas de la Iniciativa Legislativa Popular.

La Mesa de la Cámara puede negar una propuesta popular de Ley si ésta aborda una de las siguientes materias:

-Las que, según la Constitución, son propias y exclusivas de las leyes Orgánicas.

-Las de naturaleza tributaria.

-Las de carácter internacional.

-Las referentes a la prerrogativa de gracias.

-Las mencionadas en los artículos 131 y 134.1 de la Constitución.

Otras causas también pueden suponer la inadmisión de la proposición:

-Que la propuesta que se presenta ante la Mesa de la Cámara no cumpla todos los requisitos, en cuyo caso la Comisión Promotora podrá corregir el error, en caso de que proceda, en el plazo máximo de un mes.

-Que el texto que incluye la proposición de Ley sea contradictorio.

-Que exista una proposición de Ley que verse sobre lo mismo en proceso de trámite.

-Que ya sea se haya presentado otra iniciativa popular de mismo contenido en el mismo periodo legislativo.

4 La recogida de firmas.

Una vez aprobada la propuesta presentada por la Comisión Promotora ante la Mesa de la Cámara, el siguiente paso es la recogida de firmas. Hace falta un mínimo de 500.000 firmas para que la propuesta de Ley pueda ser tramitada a nivel nacional, pudiendo variar esta cifra si la propuesta se establece a nivel autonómico y siempre de acuerdo a lo que establezcan las leyes de cada Comunidad Autónoma. Las firmas deberán ser recogidas en un plazo de nueve meses desde el día en el que la proposición ha sido aceptada, pudiendo prorrogarse este plazo tres meses más si la Mesa de la Cámara lo considerase oportuno.

La recogida se puede hacer de dos maneras:

- La primera de ellas es mediante pliegos: folios de papel que deberán recoger el texto íntegro de la proposición de Ley e incorporar espacios para la firma e identificación de los ciudadanos. Estos pliegos deberán haber sido aprobados previamente por la Junta Electoral Central y deberán estar escritos en castellano, pudiendo estar redactados en los distintos idiomas oficiales de España dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se vayan a distribuir.

- La segunda manera de desarrollar la recogida de firmas es a través de Internet. En ambos casos los ciudadanos deberán identificarse facilitando su DNI y deberán estar inscritos en su respectivo censo electoral.

5 El inicio de la tramitación parlamentaria.

Una vez presentadas las firmas ante la Mesa del Congreso de los Diputados, ésta deberá incluir la propuesta de Ley dentro del orden del día para que sea tomada en consideración en un plazo máximo de 6 meses. Es entonces cuando se somete a debate, presentando las distintas formaciones políticas sus respectivas enmiendas, hasta llegar a la formulación final de la ley.

6 Los costes de la propuesta.

Los gastos que afronta la Comisión Promotora a la hora de promover una ley serán cubiertos por el Estado en el momento de alcanzar la propuesta de Ley la tramitación parlamentaria. Estos gastos deberán ser justificados por dicha comisión presentando la documentación necesaria y nunca compensación nunca excederá los 300.000 euros.

7 No es lo mismo proponer una ley a nivel nacional que a nivel autonómico.

El procedimiento que sigue la Iniciativa Legislativa Popular, si bien se mantiene igual en lo fundamental, puede variar dependiendo de si se hace a nivel nacional o autonómico. “Cada Comunidad Autónoma puede tener sus propias leyes de Iniciativa Legislativa Popular”, afirma el Catedrático Torres Muro, del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid. El profesor aclara que, en la práctica, estas modificaciones se limitan al número de firmas que tienen que respaldar la propuesta, que son proporcionales al volumen de habitantes de cada Autonomía, mientras que el procedimiento que hay que seguir –constituir una Comisión Promotora, presentar un texto articulado, etc.- suele ser el mismo, solo que se articula a través de los órganos de gobierno autonómicos. Esto explica que el Parlamento de Cataluña haya prohibido los toros en esa comunidad siguiendo una Iniciativa Legislativa Popular respaldada por cerca de 180.000 firmas frente al medio millón que hacen falta para hacerlo a nivel nacional

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