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Cómo te afecta el nuevo contrato de formación y aprendizaje

Destinado a desempleados sin formación de entre 16 y 25 años, fomentará la formación del trabajador a través de cursos de aprendizaje

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El ministro de Fomento, José Blanco, y el de Trabajo, Valeriano Gómez, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que se ha aprobado el contrato de formación y aprendizaje. FOTO: Agencia EFE
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26/08/2011 por: Practicopedia

El Gobierno ha aprobado un nuevo modelo de contrato de trabajo. Destinado a desempleados sin formación de hasta 25 años, pretende fomentar la preparación de los asalariados. Destinarán el 75% de su jornada laboral a su trabajo, y el 25% restante a cursos de formación. El decreto ley que recoge este nuevo convenio elimina, por otra parte, la necesidad de convertir en fijo a un empleado que acumula varios contratos temporales. Descubre, en este practicograma, cómo te afecta el nuevo contrato de formación y aprendizaje.

  1. 1 Un contrato que combina trabajo y formación.

    El Gobierno ha aprobado un decreto ley en el Consejo de Ministros del viernes 26 de agosto que recoge el nuevo contrato de formación y aprendizaje. Pretende fomentar el empleo y la formación de los trabajadores, que destinarán un 75% de su jornada laboral a su trabajo, y el 25% a cursos de formación. El sueldo vendrá determinado por el convenio colectivo que se aplique en cada sector profesional.

  2. 2 Destinado a desempleados de entre 16 y 25 años.

    Este nuevo contrato de trabajo está destinado a desempleados sin formación escolar, profesional ni universitaria de entre 16 y 25 años. De forma transitoria se podrá aplicar también a jóvenes sin trabajo que tengan hasta 30 años.

  3. 3 Un contrato de, como mínimo, un año.

    La duración del contrato de formación y aprendizaje tiene una duración mínima de un año. Como mucho durará dos, aunque puede prorrogarse durante un año más si el proceso de formación del empleado así lo requiriere.

  4. 4 “Lo importante es mantener el empleo, aunque sea temporal”.

    El decreto ley aprobado por el Ejecutivo elimina durante dos años la necesidad de convertir en fijo a un trabajador que encadena varios contratos temporales. “Preferimos a un trabajador temporal que a un parado” ha explicado el ministro de Trabajo Valeriano Gómez en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. “En estos momento de crisis lo importante es mantener el empleo, aunque sea temporal.”

  5. 5 Plenas garantías sociales.

    “No se trata de un contrato basura” ha dicho Gómez en relación al contrato de formación y aprendizaje. El empleado contratado con este convenio tendrá derecho a las mismas prestaciones y garantías que el resto de trabajadores. Cotizará a la Seguridad Social y tendrá derecho a cobrar el paro en las mismas condiciones que el resto del mundo.

  6. 6 Ventajas fiscales para las empresas.

    Para fomentar este nuevo modelo de contrato, el Gobierno concederá diversas ventajas fiscales a las empresas que lo pongan en práctica. Así, las compañías podrán deducirse el 100% de las cotizaciones de la Seguridad Social de los trabajadores empleados con este contrato si estaban en el paro en el momento de ser contratados. Esta deducción será del 75% si hay más de 25 asalariados en plantilla.

    Por otra parte, las empresas tendrán derecho a reducción de 1500 euros anuales durante tres años cuando la finalización de un contrato de formación y aprendizaje dé lugar a una contratación fija. Esta cuantía ascenderá a 1800 euros si el contratada es una mujer.

  7. 7 Entra en vigor el lunes 29 de agosto.

    El contrato de formación y aprendizaje entrará en vigor el lunes 29 de agosto de 2011. Al estar recogido en un Real Decreto Ley, no tiene que pasar por las Cortes para ser aprobado.

  8. 8 ¿Quieres más información?

    Para más información, te recomendamos que entres en la sección de búsqueda de trabajo, dentro de la categoría ‘Trabajo’. También te sugerimos que consultes la sección ‘Laboral’ y ‘Política’.

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